El nuevo Reglamento General de Circulación
En el proyecto del Gobierno para modificar el Reglamento General de la Circulación, el autobús sale mal parado, pues se pretende la reducción de su velocidad en un 10 Km./h en todas las carreteras convencionales
En 2012 el porcentaje de víctimas del transporte en autobús respecto al total de la carretera fue de un 0,07
El transporte de viajeros por carretera es un ejemplo de seguridad vial. El 66% de los desplazamientos se realizan en transporte público, siendo la carretera el más modo más seguro. Según los propios datos publicados por la Dirección General de Tráfico, en 2012 el porcentaje de victimas del transporte en autobús respecto al total de la carretera fue de un 0,07%. Traducido en casos reales estaríamos hablando de 1 única víctima mortal frente a 1.304 en total.
Los accidentes con víctimas e implicación de autobuses/autocares (1.777 en 2010) representan un 2% del total (85.503 en 2010). Este margen se mantiene constante en la última década.
Del total de accidentes con fallecidos o heridos graves (12.087 en 2010), en menos del 0,4% (42 en 2010) se han producido fallecidos o heridos graves entre los ocupantes de autobuses/autocares (A/A).
Los accidentes ocurridos en vías interurbanas con víctimas con implicación de A/A (353 en 2010) representan un 1% del total (39.174 en 2010). Dicho porcentaje es constante entre 2000-2010.
El decrecimiento del nº de accidentes interurbanos de A/A en esta década (2000-2010) es superior (22%) que el experimento por el conjunto del parque español (12%).
Entre 2006-2010 la disminución del promedio anual de los accidentes con víctimas con A/A fue de un 5,3%, frente al 4,1% del total.
Propuesta del sector
Las cifras de siniestralidad del autobús no justifican en absoluto que se limite su velocidad. Las asociaciones de transporte de viajeros no sólo no están de acuerdo con esta reducción de velocidad sino que proponen mantener los actualmente vigentes en las vías convencionales y aumentar a 110 Km./h en autovías y autopistas para el transporte en autobús.
Tabla limitaciones de velocidad previstas transporte de viajeros de más de 9 plazas
Autovías y Autopistas | Carreteras convencionales | Carreteras convencionales con plataforma inferior a 6,5 metros y con marca longitudinal de separación entre sentidos | |
Autobuses | 100 Km./h | 80 Km./h | 70 Km./h |
Autobuses con viajeros de pie | 80 Km./h | 70 Km/h | 70 Km./h |
Puede ocasionar más accidentes
Sobre esta cuestión encargaron al Insia un estudio las asociaciones Fenebús y Asintra. Y una de las principales conclusiones es que podría ser incluso contraproducente pues El hecho de reducir la velocidad a los autobuses también puede ocasionar más accidentes en ese tipo de vías, pues los conductores de vehículos particulares que van detrás comienzan a alterarse y se estaría fomentando adelantamientos peligrosos.
Restando competitividad
Teniendo en cuenta las dificultades por las que atraviesa el sector de transporte de viajeros por carretera y la competencia brutal con la que convive por parte del AVE y las aerolíneas low cost, esta medida supone otro paso atrás.
El hecho de limitar la velocidad de los autobuses a 70 Km/h en las carreteras convencionales supone mayor tiempo para realizar el mismo servicio, lo que puede incidir en la demanda de éste.
En un país que vive del turismo, y un sector que depende en gran parte de él, aumentar los tiempos de viaje en autobús supone abiertamente una pérdida de competitividad y que el pasajero se decante por otros modos.
Por otro lado también afectaría al tiempo de conducción de los profesionales del volante contratados por la empresa.
Especial daño para el Escolar
En el caso del transporte de escolares el problema es aún mayor, pues el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, establece en el artículo 11, la duración máxima del viaje.
Los menores no pueden permanecer más de una hora por sentido en el trayecto de casa al colegio salvo casos justificados. Si se bajan las velocidades de este modo, el tiempo de viaje sería mayor y en algunos casos de duración mayor a una hora, lo que supone tener que modificar rutas y aumentar número de expediciones, con el consiguiente aumento de coste para los padres y los centros escolares.
Jorge Fernández Díaz considera que aunque no es obligatorio en algunos autobuses el uso del cinturón sí es “recomendable” y recordó que se trabaja para que las unidades que no lo llevan tengan que rodar a menor velocidad.Tras su visita a las a los heridos y familiares de las víctimas del autobús accidentado en la provincia de Ávila, el Ministro, recordó que el vehículo se encontraba con todos los permisos, seguros e ITV en regla. Quizá ajeno a los estudios técnicos que desaconsejan la instalación de cinturones en vehículos no homologados para soportar la masa de los pasajeros sujetos al asiento con sistemas de retención, afirmó en relación a los cinturones de seguridad:“En este caso no había obligación, pero que no haya obligación no quiere decir que no sea recomendable.”En cuanto a la modificación del Reglamento General de Circulación añadió: “En el nuevo Reglamento de Circulación estamos trabajando para evidentemente en aquellos casos que no sea exigible legalmente la obligación de llevar cinturón a los pasajeros que se limite la velocidad. Saben ustedes que la línea en la que estamos trabajando en la reforma del Reglamento General de Circulación es de bajar la velocidad en las vías secundarias.”